¿Qué es el Índice IRPH?

Si estás pensando en comprar tu primera vivienda, seguramente te asaltarán numerosas dudas, la mayoría acerca de la hipoteca por la cual el Banco te presta el dinero necesario para su adquisición. Ahora bien, quizá nunca hayas oído hablar de él, pero es necesario que sepas que además del Euribor, el segundo índice de referencia hipotecaria más usado en España es el índice IRPH (Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios).

Bajo estas siglas se oculta un nuevo caballo de batalla legal en defensa de los consumidores de productos bancarios, contienda en la que GRS Abogados · Asesores Tributarios participa activamente asesorando y defendiendo los intereses de sus clientes.

En su origen, este índice se dividía en tres subtipos: IRPH Cajas, Bancos, y Entidades. Sin embargo, en 2009 la Unión Europea determinó que los dos primeros eran claramente susceptibles de manipulación bancaria y ordenó a España su supresión, mientras que el último de ellos, incomprensiblemente, ha seguido vigente y cotiza a día de hoy.

La eliminación de los IRPH Cajas y Bancos no ha sido pacífica, pues si bien las hipotecas contenían generalmente el Euribor como índice sustitutivo, el Gobierno aprobó desde Marzo del año 2015 una nueva referencia consistente en el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, provocando que los Bancos hayan optado por una u otra referencia unilateralmente, sin informar de ello a sus clientes.

Por su parte, el IRPH Entidades adolece de los mismos vicios de nulidad que sus “hermanos” por lo que se han conformado diversos grupos de presión para conseguir su anulación. Entre otras circunstancias, destaca su falta de transparencia, ya que su cálculo se realiza con información que sólo es facilitada al Banco de España, y en ningún caso al consumidor, supuestamente en base a la confidencialidad, además de ser un cálculo basado en préstamos con cláusulas que posteriormente se han ido declarando nulas, como las cláusulas suelo o los intereses de demora, por lo que se advierte que una de las partes, en este caso el Banco, cuenta con información “privilegiada” acerca de cómo va a evolucionar la vida del préstamo, en detrimento del cliente.

Pero la carta de presentación del IRPH Entidades no acaba ahí, a su opacidad y falta de transparencia se une una cotización adulterada que se ha mantenido en valores muy lejanos a los del Euribor.

DICIEMBRE 14 ENERO 15 FEBRERO 15
IRPH 2,55 2,43 2,45
Euribor 0,33 0,32 0,27

Las diferencias abismales entre ambos no son una casualidad, sino el resultado de la presión bancaria por colmar sus expectativas económicas a costa de sus clientes.

GRS Abogados · Asesores Tributarios te aconseja para que tomes las decisiones con la máxima información y transparencia posible. Tanto si vas a iniciar tu relación hipotecaria, como si ya estás inmerso en ella y tienes dudas sobre la aplicación de IRPH, cláusulas suelo, u otras cláusulas abusivas, quedamos a tu disposición para revisar tu préstamo de forma gratuita, determinando las posibilidades de éxito de una eventual reclamación.

Cristóbal Gutiérrez Ruiz – Departamento de Derecho Bancario de GRS Abogados · Asesores Tributarios.

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